13.12.10

II PREMIO INTERNACIONAL DE NARRATIVA BREVE "RIBERA DEL DUERO"


BASES
 
1.ª.- Podrán concurrir al II Premio Internacional de Narrativa Breve RIBERA DEL DUERO todos los escritores mayores de dieciocho años, cualquiera que sea su nacionalidad, que presenten obras escritas en lengua castellana.
 
2.ª.- Las obras deberán ser estrictamente inéditas (los cuentos que formen parte de la obra no deberán haber sido antes incluidos ni en libro, ni en publicaciones periódicas, ni en Internet) y originales, no debiendo haber sido premiadas anteriormente ni hallarse pendientes de fallo en otros concursos o premios, sin que tampoco pueda presentarse la obra correspondiente a un autor fallecido con anterioridad a la publicación de las Bases. No se aceptarán ni novelas cortas ni colecciones de microrrelatos.
 
3.ª.- Los libros de cuentos tendrán una extensión entre 100 y 150 páginas en formato DIN A-4, mecanografi adas a doble espacio y por una sola cara, debiendo presentarse o enviarse por correo certifi cado los originales por duplicado, perfectamente legibles y encuadernados al Departamento de Comunicación y Promoción del Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Ribera del Duero», C/ Hospital n.º 6, 09300 Roa (Burgos), España, indicando «Para el II Premio Internacional de Narrativa Breve», siendo el horario de entrega, de presentarse las obras directamente, de 9:00 a 14:00 horas.
 
Asimismo, se admitirá la entrega de originales por correo electrónico. Estos se remitirán como archivo adjunto en documento Word en el que se incluirán también los datos especifi cados en la cláusula quinta de estas bases. En el asunto del mensaje electrónico deberá fi gurar «Para el II Premio Internacional de Narrativa Breve».
 
La dirección de recepción será premioribera@ppespuma.com.
 
A cada una de las obras que se presente o se envíe por correo certificado a la dirección anterior se le asignará un número de registro por riguroso orden de recepción, siempre que se presente o reciba dentro del plazo de admisión. Cuando las obras se presenten directamente, se emitirá y entregará un recibo de recepción en el que constará el correspondiente número de registro. Las obras no se devolverán en ningún caso ni se dará información sobre ellas y serán destruidas transcurridos diez días desde el fallo del premio. 
4.ª.- El plazo de admisión de originales se cierra el día treinta y uno de diciembre de dos mil diez, siendo improrrogable, si bien, respecto de los originales que sean remitidos por correo certifi cado, se aceptará como fecha válida la consignada en el matasellos del sobre si se halla dentro del plazo de admisión, siempre que se reciban en un plazo que no altere el normal desarrollo del Premio.
Respecto a los originales que sean remitidos por correo electrónico, se aceptarán como válidos los recibidos hasta las 23:59 horas de la fecha de cierre del plazo de admisión.
 
5.ª.- Las obras habrán de ir tituladas y fi rmadas en su primera página, y a continuación deberán aparecer los siguientes datos:
- Identifi cación: nombre y apellidos del autor, número de NIF o número de pasaporte en caso de que su nacionalidad no sea española, dirección de domicilio, número de teléfono y correo electrónico.
- Manifestación expresa garantizando la autoría y originalidad de la obra presentada y que esta no es una copia ni modifi cación de ninguna otra ajena ni corresponde a un autor fallecido.
- Manifestación expresa de la titularidad del autor sobre todos los derechos de la obra y de hallarse la misma libre de cargas o limitaciones a los derechos de explotación.
- Manifestación expresa de la aceptación por el autor de la totalidad de las Bases del II PREMIO INTERNACIONAL DE NARRATIVA BREVE RIBERA DEL DUERO.
- Fecha y fi rma original.
- En caso de enviar la obra por correo electrónico, la anterior documentación deberá preceder a la colección de cuentos con el orden establecido por el autor. En ningún caso se aceptarán archivos de cuentos sueltos.
 
6.ª.- Los originales que se presenten al Premio, dentro del plazo señalado en la Base 4.ª y reuniendo todos los requisitos exigidos en estas Bases, no podrán ser retirados antes de hacerse público el fallo del Jurado.
 
7.ª.- Se establece un premio en metálico, dotado con CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 Euros), para el ganador, al que se aplicarán las retenciones fiscales previstas por la Legislación vigente. Al ganador también se le entregará una escultura original de un conocido escultor de renombre internacional.
El premio no podrá ser declarado desierto.
El premio, además de la dotación económica y entrega de la escultura, conlleva la edición, publicación y difusión de la obra ganadora.
 
8.ª.- El Jurado estará formado por el Presidente del Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Ribera del Duero», por un representante de la Editorial Páginas de Espuma, por el ganador de la edición anterior y por tres relevantes personalidades del mundo literario; todos ellos con voz y voto. También formará parte del Jurado un representante del Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Ribera del Duero» que ejercerá las funciones de Secretario, este último con voz, pero sin voto.
El Jurado queda facultado para resolver cualquier incidencia que pudiera producirse en relación con el Premio, ajustándose en todo caso a las Bases del mismo.
El Jurado se reserva, así mismo, la facultad de recomendar, para su publicación, aquellas obras presentadas que, habiendo quedado fi nalistas y no premiadas, se consideren de interés. www.escritores.org
El fallo del Jurado, que será inapelable, se prevé hacerlo público en el mes de marzo de 2011.
 
9.ª.- La obra galardonada será publicada en la Colección Voces/ Literatura de Páginas de Espuma, editándose tres mil ejemplares, como mínimo.
La cuantía del premio se considera también como anticipo de los derechos de edición de la obra ganadora, implicando la concesión del premio que su autor, sin perjuicio de reconocérsele la propiedad intelectual de su obra, cede en exclusiva al Consejo Regulador todos los derechos de explotación y de edición de esa obra, comprometiéndose y obligándose el ganador a suscribir el contrato de cesión en exclusiva, para todo el mundo y en lengua castellana, de derechos de edición que el Consejo Regulador le presente al efecto. No obstante, el Consejo Regulador queda facultado y autorizado por el autor de la obra galardonada para ceder a su vez los derechos de explotación y edición de esa obra a la Editorial, debiendo fi gurar esta circunstancia en el contrato de cesión que suscriban el autor de la obra galardonada y el Consejo Regulador.
 
10.ª.- La organización del Premio se reserva el derecho de hacer público el nombre de los fi nalistas con fi nes informativos y promocionales del premio.
 
11.ª.- Es responsabilidad exclusiva del autor la inscripción de la obra presentada a este Premio en el Registro de la Propiedad Intelectual, así como los efectos de su no inscripción frente a terceros.
Cada autor se obliga, asimismo, a suscribir cuantos documentos sean necesarios para que los derechos cedidos al Consejo Regulador sobre su obra queden inscritos en el Registro de la Propiedad Intelectual y en cualesquiera otros Registros Públicos, tanto nacionales, como extranjeros o internacionales.
 
12.ª.- Ni la Editorial Páginas de Espuma ni el Consejo Regulador mantendrán correspondencia con los autores que se presenten al Premio, ni les facilitarán información sobre la clasifi cación y valoración de las obras.
 
13.ª.- La entrega del Premio se realizará conjuntamente con la presentación de la obra galardonada en un acto público que tendrá lugar durante el desarrollo de la Feria del Libro de Madrid de 2011, salvo circunstancias imprevistas que obligaran a modificar estas fechas.
 
14.ª.- La presentación de la obra al Premio objeto de esta convocatoria implica necesariamente la aceptación íntegra e incondicional de las presentes Bases por parte de su autor, suponiendo el incumplimiento de las mismas la exclusión del concurso.
 
15.º.- Para cualquier duda, discrepancia, reclamación o cuestión que pueda suscitarse sobre la interpretación y ejecución de las presentes Bases, las partes renuncian al fuero propio que pudiera corresponderles y se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Aranda de Duero y Burgos.
 

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